El Heraldo
La circulación de peatones en 11 barrios queda restringida desde este martes primero de diciembre de 9 p.m. a 5 a.m. Policía Metropolitana de Cartagena
Bolívar

Estos son los 11 barrios con ley seca y toque de queda en Cartagena

Algunos sectores son Manga, Blas de Lezo, Zaragocilla y Olaya, entre otros. Extienden aislamiento selectivo individual en toda la ciudad.

Mediante Decreto 1473 del 30 de noviembre de 2020 el alcalde de Cartagena, William Dau, declaró este lunes “zonas de cuidado especial” en 11 de los barrios con el mayor número de casos de Covids-19 en donde regirán la ley seca y el toque de queda desde este martes 1º. De diciembre hasta el 16 del mismo mes, y extendió el aislamiento selectivo individual en toida la ciudad.

Estos sectores son Blas de Lezo, San Fernando, Manga, El Pozón, Los Alpes, Olaya Herrera, Ternera, Las Gaviotas, Nuevo Bosque, Zaragocilla y El Campestre.

La anterior determinación se toma en atención a las recomendaciones del Puesto de Mando Unificado realizado este lunes, donde las autoridades sanitarias del Distrito recomendaron adoptar medidas de control y mitigación de la propagación del virus ante e aumento de casos en las últimas semanas..

En los barrios señalados el toque de queda es entre las 9:00 pm y 5:00 am.

Otras medidas especiales para garantizar el cumplimiento del aislamiento preventivo obligatorio, mitigar el contagio y propagación del COVID-19 son:

- Restringir la atención presencial al público para los locales y actividades comerciales, en el horario comprendido las 8:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. Se exceptúa la venta y adquisición de bienes y servicios esenciales, los cuales se podrán adquirir a través de servicios domiciliarios y plataformas durante las 24 horas.

- Prohibir el expendio y consumo de bebidas alcohólicas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio, en el horario comprendido entre las 8:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.

- Establecer a través del Departamento Administrativo Distrital de Salud-DADIS, cercos epidemiológicos en los mencionados barrios, quienes realizarán la vigilancia en salud y coordinará con las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios la toma de muestras, el seguimiento de casos y contactos, y el fomento de comportamientos preventivos frente a la enfermedad.

La medida expedida por el alcalde Dau restringe, para garantizar la efectividad del aislamiento selectivo y focalizado, con arreglo a la variación en el comportamiento de la pandemia de la COVID-19, las siguientes actividades y áreas o zonas, autorizadas por el Ministerio del Interior y Ministerio de Salud y Protección Social:

- Las actividades de la industria hotelera en la zona insular de todo el Distrito de Cartagena, que no se encuentren autorizados en el plan piloto de reapertura de islas.

- El desembarque en la zona insular de naves de cualquier calado o especificación destinadas a actividades turísticas, recreativas o deportivas, con excepción de los hoteles que se encuentran autorizados en el plan piloto de reapertura de islas.

- La permanencia en las playas y el ingreso de bañistas al mar en el Distrito de Cartagena, permitiéndose exclusivamente el uso de playas como espacio de tránsito peatonal, con excepción de las especialmente autorizadas mediante plan piloto.

- La atención presencial al público para los locales y actividades comerciales tendrá como horario entre las 06:00 hasta las 24:00 horas.

Se condiciona el desarrollo de las actividades permitidas al cumplimiento de las siguientes condiciones:

- El personal deberá estar debidamente identificado y acreditado con los documentos que den fe del ejercicio de sus funciones y actividades, y deberán contar con el registro por parte de su empleador en la página https://adaptayreactiva.cartagena.gov.co/.

- Los comercios o establecimientos deberán efectuar el registro previo en la página web dispuesta por la Alcaldía de Cartagena https://adaptayreactiva.cartagena.gov.co/.

- Atender la normatividad vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, incluidos los protocolos de bioseguridad aplicables a la actividad.

- Contar con los medios y logísticas necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar el distanciamiento físico en las filas dentro y fuera del establecimiento, manteniendo la distancia de dos metros entre cada persona.

Se ordena en todo el Distrito de Cartagena el uso obligatorio de tapabocas cubriendo boca y nariz; guardar el distanciamiento social en espacios públicos y establecimientos de comercio donde se deberá garantizar que los clientes y usuarios cumplan con las normas de bioseguridad.

 

Facebook
Twitter
Messenger
Whatsapp
Convierta a El Heraldo en su fuente de noticias
X
COMO REPORTAR A WASAPEA
1. Agrega a tu celular el número de Wasapea a EL HERALDO: +57 310 438 3838
2. Envía tus reportes, denuncias y opiniones a través de textos, fotografías y videos. Recuerda grabar y fotografiar los hechos horizontalmente.
3. EL HERALDO se encargará de hacer seguimiento a la información para luego publicarla en nuestros sitio web.
4. Recuerda que puedes enviarnos un video selfie relatándonos la situación.