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Barranquilla

Este miércoles se reanudará la atención en la Alcaldía de Barranquilla

La atención fue suspendida por un conato de incendio que se presentó este lunes en el edificio principal de la Alcaldía Distrital, ubicado en la Calle 34 # 43-31.

Distrito informó que suspende términos procesales de actuaciones administrativas y atención presencial en edificio central de la Alcaldía de Barranquilla por afectaciones ocasionadas por conato de incendio. La atención será reanudada este miércoles 30 de noviembre.

Cabe precisar que el conato de incendio que se presentó en la mañana de este lunes cuando iniciaba la atención al público, se originó en una subestación eléctrica, al parecer, por un corto circuito en una de las unidades, lo que causó pérdidas materiales en los equipos eléctricos y de tecnologías de la información y telecomunicaciones de la entidad territorial.

El alcalde Jaime Pumarejo, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, fue quien tomó la decisión de suspender la atención para garantizar la seguridad y el bienestar físico de trabajadores y personal en general.

La suspensión de los términos procesales de todas las actuaciones administrativas fue ordenada para las diferentes dependencias; secretarías, oficinas, gerencias de la administración Distrital. Empero, la presente disposición no aplica a las actuaciones administrativas relativas a la efectividad de derechos fundamentales.

Asimismo, se dio a conocer que los funcionarios que prestan servicios de salud y atención de emergencias, seguridad y convivencia, prevención y atención de desastres; inspecciones de policía, comisarías de familia, oficinas de los corregidores, centros de rehabilitación femenino y masculino, Cuerpo Oficial de Bomberos del Distrito de Barranquilla, prestaran sus servicios de forma normal.

Según la Resolución DSH 002 del 20 de diciembre de 2021 de la Secretaria Distrital de Hacienda, se establecieron los días 28 y 29 de noviembre de 2022 como fechas límite para la presentación de las declaraciones mensual y bimestral de retenciones y autoretenciones del impuesto de industria y comercio para los grandes contribuyentes y los contribuyentes del régimen común cuyo último dígito del Nit terminara 3 y 2.

Sin embargo, dadas las afectaciones antes mencionadas, se amplíaron los plazos para la presentación y pago de las declaraciones de retenciones y autoretenciones del impuesto de Industria y Comercio.

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