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Barranquilla

Ordenan demoler edificio en zona patrimonial de Barranquilla

La edificación de cinco pisos fue construida en 2010, pese a que en varias ocasiones se suspendió la obra. Propietaria deberá pagar dinero que debe por impuesto predial.

Este viernes se conoció que un juez ordenó demoler en Barranquilla un edificio de cinco pisos que fue construido tras tumbar una casa declarada patrimonio.

El abogado Víctor Manuel Ríos Mercado indicó que –mediante sentencia emitida el pasado 10 de septiembre y adicionada el 11 de octubre– el Juzgado 6 Administrativo del Circuito de Oralidad de Barranquilla decidió a favor de una acción popular contra la Alcaldía y la propietaria del inmueble ubicado en la carrera 61 con calle 66, porque se habrían vulnerado los derechos colectivos a la moralidad administrativa y a la defensa del patrimonio cultural.

Ríos Mercado explicó que el edificio fue construido en el año 2010, cuando en su lugar existía una casa que tenía protección del Estado por su declaratoria como patrimonio histórico de la ciudad.

Pese a que, en el momento de la construcción de la edificación, se exhibió la licencia de construcción conferida –presuntamente– por la Curaduría, mediante una visita se constató que la edificación no tenía licencia de construcción o remodelación, razón por la cual fue sellada y suspendida con orden de demolición parcial de la obra.

Sin embargo, continuaron ejecutando la obra tras el levantamiento del sello de suspensión, por lo que las autoridades volvieron a emitir la suspensión.

Finalmente, los responsables de la construcción terminaron la obra y fue habitada por familiares en calidad de arrendatarios y por comerciantes.

Además, el jurista dio a conocer que la propietaria de la casa debería pagar lo que debe del predial debido a que desde el 2010 se le facturó como si fuera una casa beneficiada con el 90% de descuento.

El abogado puso de presente que –para la época– ningún ente de control impidió el levantamiento de la edificación, ni se presentaron denuncias penales en contra de los particulares involucrados “cuando se presentó dicha irregularidad urbanística”.

“Se prevé que en 30 días la Alcaldía de Barranquilla inicie los trámites pertinentes por orden judicial con el acompañamiento de la Personería Distrital de Barranquilla y el Ministerio Público para evitar el traspié ocasionado por particulares y funcionarios del estado que desconocen normas Constitucionales”, dijo Víctor Ríos.

Sobre este tema, la Alcaldía de Barranquilla indicó que el juzgado hizo una adición a la decisión de fondo el día 11 de octubre. Dicha comunicación fue conocida por ellos el día 13 de octubre y ordena inicialmente hacer los trámites preparatorios y determinación de costos para proceder a la materialización.

En la sentencia indican que en un término menor de 30 días, el Presupuesto de Rentas y Gastos del Distrito de Barranquilla deberá iniciar las gestiones pertinentes para dar cumplimiento a lo ordenado en el acto administrativo.
Se refiere tanto al cobro coactivo a la sancionada, así como aprovisionamiento económico y las diligencias administrativas para la ejecución del acto administrativo.

Dichas gestiones se deberán acreditar ante esta instancia, toda vez que, hasta que no se finalice la ejecución total del mismo, el juzgado conserva la competencia para tomar medidas que permitan el cumplimiento de la sentencia.

El documento también indica que la Personería y Ministerio Público, así como el Ministerio de Cultura deberán velar para que se le dé el cumplimiento al fallo, dependiendo la competencia de cada uno.

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