El Heraldo
Dos mujeres dialogan con un conductor de servicio de taxi para pactar una carrera. César Bolívar
Barranquilla

¿Dónde empieza la ilegalidad en un servicio de taxi compartido?

Gremio de taxistas denuncia que hay una “persecución” por parte de la autoridad de Tránsito. La Secretaría rechaza los señalamientos y dice hacer cumplir la norma.

Los operativos que viene realizando la Policía en coordinación con la Secretaría de Tránsito en las principales vías de la ciudad han levantado “ampollas” en el gremio de taxistas, quienes denuncian que hay una “persecución” por parte de las autoridades hacia los conductores de este transporte público individual. La Secretaría rechaza estos señalamientos y asegura que solo hace cumplir la norma.

La autoridad de tránsito sostiene que un taxi no puede prestar sus servicios como colectivo, porque de acuerdo con el Decreto 172 de 2011, este tipo de actividad ya se encuentra en otras modalidades de transporte regulado, como lo son los buses, busetas, colectivos y el sistema masivo.

En esa misma norma se deja claro que los taxis “no podrán prestarse como servicio colectivo” en rutas preestablecidas, porque podría incurrir en “sanciones previstas para este efecto”.

La Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial explica que cuando un usuario requiere un servicio debe hacerlo pactando inicialmente con el conductor la ruta y el lugar de destino. Esto debe hacerse desde y hacia un lugar de destino único. En el caso de transportarse más de una persona, las carreras deben pagarse de manera individual. Es decir, si tres personas toman un taxi en la Plaza de la Paz con destino al Metropolitano y a Las Moras, antes deben acordar con el taxista cuánto vale la carrera al Metro y estando allí, consultar el otro valor del servicio hasta el barrio soledeño. De manera, que el pago debe hacerse de manera individual.

De acuerdo con Jaime Berdugo, director del Área Metropolitana, jurídicamente la regulación del taxi corresponde al Ministerio del Transporte, la cual establece condiciones y requisitos para la prestación del servicio. Y la competencia de la entidad que dirige es vigilar esas instancias.

“El servicio de taxi es una modalidad de transporte regulada por el Gobierno Nacional y su contratación es individual. El taxi colectivo no se encuentra autorizado y su prestación y ofrecimiento es violatorio de las normas de transporte”, dice Berdugo.

Agrega que se configura el carácter colectivo del servicio cuando la necesidad de cada uno de los pasajeros es diferente, no guarda una identidad de causa ni de forma.

Adicionalmente —afirma— se tipificaría ilegal en la medida que la tarifa no sea la que corresponde, se fraccione entre los usuarios y se tengan múltiples destinos.

“El servicio en taxi no puede sujetarse a rutas para la satisfacción de varias necesidades. Por disposición normativa del orden nacional eso es propiamente lo que define un servicio como colectivo”, puntualiza.

Álvaro Forero - Conaltaxi

El presidente del Consejo Nacional de Transporte en Taxis de Barranquilla (Conaltaxis) dice que la autoridad de Tránsito en la ciudad se equivoca o confunde el aplicativo de la norma sobre el transporte de servicio público de pasajeros individual y lo que termina haciendo es tipificando algunos servicios como colectivo y ejerciendo una “persecución” contra el gremio. “Creen que el transporte público individual significa llevar a una sola persona en el vehículo o llevar varias desde una partida hacia un destino, esto lo consideran como un servicio colectivo y se equivocan”, afirma Forero, quien agrega que lo que dice la norma cuando habla de transporte ilegal tipo colectivo se refiere a que el taxi realiza la misma ruta del bus y los pasajeros van subiendo y bajando, mientras que el transporte público individual se puede llevar una o varias personas, pero son ellos quienes determinan el sitio de llegada. Indica que de esta última forma el pasajero economiza y menos vehículos circulando contribuyen con el medio ambiente.

Jorge Guerrero - Sinchotaxi

Según el presidente del Sindicato de Conductores de Taxi del área metropolitana de Barranquilla (Sinchotaxis), el gremio de taxistas de la ciudad desde “hace mucho tiempo viene siendo perseguido” por las autoridades de tránsito bajo la argumentación de que todos los taxis “hacen colectivo”. “Nosotros como sindicato no apoyamos el colectivo en taxi porque es un transporte no autorizado y le ha hecho mucho daño al taxista que hace su oficio como debe ser”, dice de manera tajante Guerrero, quien asegura que la autoridad hace una mala interpretación de la norma al afirmar que “no se puede viajar con un familiar y dejarlo en un sitio y usted seguir porque si lo ven haciendo eso ya se tipifica como colectivo”. El dirigente gremial manifiesta que la ilegalidad se presenta cuando un taxi usurpa la ruta de un transporte público colectivo o masivo. Dice, además, que como gremio solicitan a las entidades del orden nacional una aclaración del concepto.

Isidro Ruiz - experto

Para el analista en vías y transporte, Isidro Ruiz, es “muy grave” que se hayan permitido diferentes fenómenos de informalidad que le vienen haciendo competencia al Sistema de Transporte Masivo. “El taxi colectivo es un enano que se dejó crecer a tal punto que ya es un tema que está generando malestar social”, sostiene. De igual forma, indica que algunos taxistas están suplantando las rutas de los buses de transporte público.  En cuanto a las personas que se reúnen para tomar un taxi, con el fin de que la carrera salga más económica, dice que “a la luz de la norma no está bien, pero a la luz de la lógica sí lo está. “El incendio hay que comenzarlo a apagar con esos conductores que usan las mismas rutas que un bus y que ya están preestablecidas por el Área Metropolitana”, enfatiza el experto. Ruiz señala que la informalidad en el transporte también afecta a Transmetro, empresa que no ha alcanzado los indicadores económicos deseados, ni el número de pasajeros por día.

Víctor Cantillo

De acuerdo con el experto en movilidad y profesor de la Universidad del Norte, los taxis se conocen como un servicio de transporte público individual, es decir que la o las personas que lo utilizan lo hacen con el objeto de proveer un viaje con un origen y un destino específico. Asegura que algunas prácticas que se ven en vías como la calle 72, Murillo y Circunvalar, donde algunos taxis van recogiendo personas de manera muy similar a la de un bus, eso la legislación colombiana lo penaliza y hay multas al respecto. En lo que no está tan de acuerdo —dice Cantillo— es que no se puedan compartir un servicio de taxis entre personas conocidas de un mismo lugar de trabajo o de destino. “Que dos amigos del trabajo decidan tomar un taxi para transportarse y que le digan al conductor que dejen a uno primero en su casa y luego al otro no creo que eso configure como un colectivo”, explica el experto. En su opinión piensa que las normas deben “ser menos estrictas y permitir en algunos casos el colectivo” en zonas de difícil acceso, poca demanda y poca frecuencia de transporte público.

Mayor Gustavo Chaparro

El comandante de la Policía de Tránsito de Barranquilla indica que cada modalidad de transporte está habilitada según lo ha designado cada autoridad reguladora, como lo es en este caso el Área Metropolitana. Asimismo, declara que las personas que realicen la actividad de transporte deben ceñirse a las normas y a lo que está estipulado. “El transporte público individual (taxi) tiene un origen y un destino, no cuatro orígenes y varios destinos”, dice Chaparro, haciendo referencia a la actividad que debe realizar el taxista y no incurrir en el servicio de colectivo. Agrega que se realizan operativos permanentes coordinados con la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial para velar porque las rutas o las modalidades del transporte sean respetadas por cada uno de estos actores y para ejercer un control estricto al transporte ilegal o no autorizado. “Si una modalidad de transporte fue habilitada para el público individual su servicio no puede ser diferente a ese, hay una norma para cada modalidad y no la pueden cambiar”.

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