El Heraldo
Usuarios de Transmetro en la estación Joe Arroyo. César Bolívar
Barranquilla

Demanda busca anular tasa para el FET de Transmetro

Acción busca la nulidad de la tasa de $260 que se cobra en la tarifa del transporte público.

Ante los juzgados administrativos del circuito de Barranquilla fue presentada, el pasado viernes, una demanda de nulidad de la tasa de 260 pesos que se cobra en el pasaje del transporte público colectivo para nutrir el Fondo de Estabilización Tarifaria (FET) del sistema integrado de transporte masivo (Transmetro). 

Los demandantes sostienen que el FET, creado por acuerdo del Área Metropolitana de Baranquilla en 2016, “se constituye en un tributo, específicamente en una tasa”, pues reúne los requisitos para ser categorizado en esta forma. 

La tasa, según los accionantes, ha generado “un detrimento patrimonial” y “un daño emergente”, el cual puede ser calculado de acuerdo con lo recaudado por el FET desde su creación.

En la demanda explican que de los $2.200 que cobran por pasaje al transporte colectivo le corresponde $1.940 y los otros $260 van directo a la fiducia que administra el FET.

Según los demandantes, lo que se cuestiona es que la fuente de financiación es “ilegal”, debido a que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 338, fija que solo el Congreso, las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales podrán imponer contribuciones fiscales o parafiscales”.

Los accionantes también exponen que el fondo “no cuenta” con la vigilancia y fiscalización de algún ente de control constitucionalmente constituido para velar por la debida recaudación, utilización y destinación de esos recursos que convierten en públicos.

Qué dice AMB

El director del Área Metropolitana de Barranquilla (AMB), Libardo García, señaló que el FET fue creado con base en las leyes 105 de 1993, 336 de 1996, y la ley 1753 de 2015, artículos 31 y 33. Esto permite utilizar recursos públicos o privados para cubrir la diferencia entre la tarifa técnica y la tarifa que se cobra al usuario.

“Hemos notado una campaña de desinformación dirigida a los transportadores. Es por ello que aclaramos que una cosa es el FET, cuyo fundamento es la ley 1753, y otra cosa el factor de calidad, cuyo recaudo es utilizado en una parte para fondear el FET y otra para ejecutar un plan de modernización que incluye videovigilancia, control satelital de rutas y recaudo”, explicó García. 

El recaudo del factor de calidad es administrado en un encargo fiduciario y los recursos para fondear el FET son trasladados al patrimonio autónomo.

El funcionario detalló que en lo que va de 2019 el recaudo suma unos $2.200 millones.

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