El Heraldo
Las personas exceptuadas deben cumplir las medidas de bioseguridad durante el toque de queda. Luis Felipe De la Hoz
Atlántico

Toque de queda en el Atlántico

Durante el fin de semana festivo, en el Distrito también habrá ley seca. Autoridades anuncian nuevo ‘pico y cédula’ en Barranquilla.

Através del decreto 0481 de 2020, la Alcaldía de Barranquilla dio a conocer las 29 excepciones que estarán vigentes durante el toque de queda, medida que se adoptó para garantizar el cumplimiento del aislamiento preventivo obligatorio y controlar la propagación de casos positivos de COVID-19.

La administración distrital indicó que de lunes a viernes está prohibida la circulación de personas y vehículos en la ciudad entre las 8:00 p.m. hasta las 5:00 a.m. del día siguiente. La medida, que se extenderá hasta el 30 de junio, también estará vigente durante los fines de semanas festivos e inicia a las 2:00 p.m. del sábado y se extenderá hasta las 5:00 a.m. del martes.

En los tres puentes festivos también está prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes desde las 6:00 p.m. del viernes hasta las 05:00 a.m. del martes siguiente.

Domicilios

Durante ese periodo, según lo expuesto en el decreto, la adquisición de bienes y productos de primera necesidad en grandes superficies, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal en establecimientos y locales comerciales podrá realizarse a través de canales virtuales y a domicilio.

Las tiendas de barrios, misceláneas y similares, así como los restaurantes y locales dedicados a la gastronomía, solo podrán comercializar sus productos a través de canales virtuales y por domicilio.

También se permitió que en los hoteles se adelanten las actividades para atender a sus huéspedes y aquellas estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria.

Más excepciones

Entre las excepciones socializadas por el Distrito también se encuentran la asistencia y prestación de servicio de salud, así como la adquisición de medicamentos y demás dispositivos médicos.

Asimismo, se permitirá la circulación de personal vinculadas a la actividad industrial y de manufacturas, así como la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de bienes que dada la naturaleza de su proceso productivo requieran mantener su operación.

De igual forma se podrán desarrollar las actividades estrictamente necesarias para operar y realizar los mantenimientos indispensables de empresas, plantas industriales o minas, del sector público o privado, de conformidad con el Decreto Nacional 749 de 2020 numerales 9, 10 29 y 31.

Además, se permitirán las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias, así como los servicios funerarios, inhumaciones y cremaciones.

Por otro lado, se estableció que el paseo de mascotas y animales de compañía por un tiempo máximo de 30 minutos. Dicha actividad deberá ser realizada por una sola persona del núcleo familiar, la cual deberá ser mayor de edad y acatar las medidas de bioseguridad vigentes.

También se avaló el funcionamiento y operación de los centros de llamadas y de contacto, los servicios de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios y de empresas que prestan el servicio de limpieza y aseo en edificaciones públicas.

Acreditación y sanción

La administración distrital también explicó que las personas y trabajadores de los sectores y actividades permitidas en el horario en que rige el toque de queda deberán estar debidamente acreditados por sus empleadores. 

“En los demás casos, se deberá demostrar de forma sumaria la razón del incumplimiento de la medida de toque de queda, ya sea que se trate de casos de fuerza mayor, emergencias, calamidades domésticas, traslado transitorio a su lugar de trabajo o domicilio o cualquier otra razón”, se lee en el decreto.

Las personas que no cumplan con dichas disposiciones serán amonestadas en los términos del artículo 174 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y conducidas a su lugar de residencia o habitación por las autoridades de policía.

Además, los establecimientos de comercio y/o locales comerciales podrán ser sancionados con una multa económica y la suspensión temporal de la actividad.

Nuevo ‘pico y cédula’

El alcalde Jaime Pumarejo dio a conocer el nuevo ‘pico y cédula’ que empezará a regir en Barranquilla a partir de este martes 16 de junio.

Según la información entregada por el mandatario distrital a través de su cuenta de Twitter, los ciudadanos cuyas cédulas finalicen en 2 y 3 podrán salir los martes 16, 23 y 30 de junio para realizar compras en tiendas, supermercados,droguerías, entidades bancarias y demás establecimientos cuyo funcionamiento está autorizado.

Para los miércoles 17 y 24 de junio podrán circular los ciudadanos que su documento finalicen en 4 y 5, mientras que los jueves 18 y 25 de junio podrán salir las personas con cédulas terminadas en 6 y 7. Los viernes 19 y 26 de junio se permite la circulación de las cédulas terminadas en 8 y 9.

El mandatario distrital también indicó que los sábados 20 y 27 de junio tendrán permitida la circulación de los dígitos 0 y 1 hasta las 2:00 p.m., mientras que los domingos y lunes festivos del mes de junio no habrá ‘pico y cédula’ por el toque de queda. Empero, se especificó que pueden circular las personas que salgan a trabajar o a urgencias médicas. 

Cercos sanitarios en barrios del Suroriente

La Alcaldía de Barranquilla, en conjunto con los ediles de la localidad Suroriente, continúa realizando cercos sanitarios en los barrios Las Nieves y Rebolo con el objetivo de controlar la propagación del nuevo coronavirus. Humberto Mendoza, secretario de Salud, explicó que a través de los cercos sanitarios se busca extender las acciones de educación a la comunidad de los barrios con mayor densidad de casos activos.

David Montero Jalil, jefe de la Oficina de Cultura Ciudadana de Barranquilla, explicó que están adelantando un acompañamiento a la ciudadanía para ejercer mayor control al cumplimiento de las medidas de autocuidado. Deivy Cásseres, jefe de la Oficina de Participación Ciudadana del Distrito, explicó que a través de esta estrategia interinstitucional se ha llevado un mensaje de prevención y cuidado a la comunidad barranquillera.

Gobernación prohibió cualquier acto discriminatorio contra los médicos

La Gobernación del Atlántico, por medio del decreto 0232 del 2020, reglamentó el toque de queda y la ley seca en los municipios y el Distrito de Barranquilla, con el objetivo de prevenir, manejar y controlar la propagación de la COVID-19.

La administración departamental adoptó 31 excepciones y se estipuló que las personas que desarrollen esas actividades deberán cumplir con las medidas de distanciamiento y los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la COVID-19. Además, recomendó que se atiendan las instrucciones que adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional y territorial evitar la propagación del nuevo coronavirus.

La Gobernación también ordenó que cualquier actividad permitida, no podrá concentrar en un mismo espacio a más de 50 personas, así mismo se deberá garantizar que en las reuniones permitidas en este artículo se respete una distancia de al menos dos (2) metros entre cada persona, sitio o puesto de trabajo. Asimismo, se anunciaron medidas para garantizar el servicio público de transporte terrestre, fluvial y marítimo de pasajeros, así como los servicios postales y distribución de paquetería, que sean “estrictamente necesarios” para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria.

La Gobernación también indicó que se permite el transporte de carga, almacenamiento y logística para la carga de importaciones y exportaciones.

“En todo caso deberán utilizar tapabocas y mantener el distanciamiento social, y las demás medidas establecidas por el gobierna nacional y/o territorial”, expone el mencionado decreto. La Gobernación también prohibió cualquier acto “discriminatorio, que impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos del personal médico y demás personal vinculado con la prestación del servicio de salud”. 

La Policía Nacional y demás organismos de seguridad serán los encargados de velar por el cumplimiento del decreto e imponer las sanciones establecidas.

En el municipio de Soledad, el alcalde Rodolfo Ucrós determinó que el ‘pico y cédula’, durante los sábados de los puentes festivos de junio, estará vigente hasta las 2:00 p.m. para los ciudadanos cuyo último dígito de la cédula termine en 0 y 1”.

Asimismo, el mandatario hizo un llamado para incrementar el pie de fuerza y los patrullajes por parte de la Policía Nacional y el Ejército para controlar el cumplimiento de las medidas. “Para nadie es un secreto que en Soledad el número de policías es reducido si tenemos en cuenta el número de habitantes. Tenemos 500 policías, incluyendo los que laboran en la terminal metropolitana y en el aeropuerto y estamos hablando de la séptima ciudad más poblada del territorio nacional”, expresó Ucrós. 

El alcalde puso de presente que hay “siete veces menos policías que Barranquilla” con más “de la mitad de la población de la ciudad capital”. 

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