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Procuraduría abre investigación y suspende a alcalde de Repelón

La sanción provisional por tres meses fue impuesta por al parecer falta de requisitos en la declaratoria de calamidad pública.

La Procuraduría General de la Nación abrió investigación y suspendió provisionalmente por tres meses al alcalde de Repelón, Atlántico, Eduardo Polo Mendoza (2020-2024), por presunta falsedad ideológica en documento público.

La Procuraduría Provincial de Barranquilla busca establecer si el investigado, en marzo de 2020 certificó al Consejo de Gestión de Riesgo el concepto favorable para la declaratoria de calamidad pública, sin que presuntamente existieran los requisitos y fundamentos que motivaran la medida, lo que habría conllevado a que se suscribiera de manera directa un contrato de obra pública por valor de $1.232.910.905.

De acuerdo con la información publicada en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP), con la calamidad pública se buscaba mitigar los daños de la temporada de lluvias y las afectaciones del Arroyo Bartolo, en el sector Villacarolina, según información del proceso que fue publicada en el portal web 56 días después de la declaratoria.

El Ministerio Público busca establecer los motivos jurídicos que soportaron la declaratoria, que de acuerdo con lo establecido en la Ley 1523 de 2012 exige la evidencia de daños y perjuicios a la comunidad.

Así mismo, los soportes de la información sobre los bienes de las personas que estarían en peligro o que sufrieron daños, y los análisis de la capacidad de las autoridades para afrontar las condiciones de la emergencia.

El Ministerio Público observó que en el Boletín de Predicción Climática y Recomendación Sectorial del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) proyectó que para los meses de febrero, marzo y abril predominarían en la región los estados de humedad secos, y habría una disminución en las lluvias entre el 10 y 20% para la época de la declaratoria de la calamidad.

Para la Procuraduría el investigado habría intervenido en la firma del contrato con presunta inobservancia de los principios que regulan la contratación estatal y la función administrativa.

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