Entretenimiento | EL HERALDO

El Heraldo
Archivo
Entretenimiento

¿A dónde van los niños cuando salen a ‘navegar’?

Un fallo de la Corte Constitucional establece que no se configura una violación a la privacidad del menor de edad cuando el padre de familia, con el fin de proteger al niño, accede a sus correos electrónicos y redes sociales.

Sabe usted en dónde están sus hijos en estos momentos?, preguntaba un comercial de los años 90 en la televisión colombiana. Una versión actualizada de la pregunta sería hoy: ¿sabe usted a dónde van sus hijos cuando salen por la red?

Un estudio realizado por la Universidad De La Sabana en el último trimestre de 2014 revela que en Barranquilla, Bogotá, Bucaramanga, Cali y Medellín, el 75% de los menores entran a las plataformas de comunicación e interacción (Skype Messenger, Google Talk, Facebook y chats rooms en general). A estos hay que agregarles otras redes sociales que vienen cobrando fuerza y tienen sus propios canales de conversación, como: Instagram, Ask.fm, 9gag, Snapchat y Tinder, entre otras.

Llama la atención del estudio que los jóvenes sí conocen los riesgos que hay en la ‘selva virtual’ y temen ser víctimas, por ejemplo: de chismes en el 95% de los casos, de críticas (89%), de inseguridad (87%), de burlas (86%), de pornografía (83%), de rencores (68%), de depresión (43%) y de aislamiento social (42%).

La autorización establecida por la Corte Suprema de Justicia para que los padres de familia accedan a los chats de sus hijos, sin que esto constituya una violación de su privacidad, responde a una realidad en la que se han vuelto frecuentes los reportes de abusos impulsados a través de las redes. Un permiso legal para controlar, que, sin embargo, reabre el debate sobre los límites de la seguridad frente a los derechos a la privacidad y el libre desarrollo de la personalidad. Expertos, padres y jóvenes consultados por EL HERALDO difieren sobre cuál es la mejor estrategia de prevención en el manejo de redes, y la necesidad de complementar cualquier medida con más y mejor educación.

El debate. María Camila acaba de cumplir 14 años y no está de acuerdo con que sus padres le prohíban abrir una cuenta propia en redes sociales. En pocas palabras, la adolescente argumenta que si sus progenitores confían en la educación que le han dado deberían permitirle tener un perfil en Facebook como sí lo tienen sus compañeras de colegio.

Tampoco comparte el reciente fallo de la Corte en el que “los padres, en ejercicio de la patria potestad, se encuentran autorizados para asistir, orientar y controlar las comunicaciones de sus hijos menores de edad, con el fin de garantizar sus derechos fundamentales”. Al preguntarle por él, dice que este viola su derecho a la intimidad.

Ante la pregunta de si es consciente de los peligros que representa tener contacto virtual con personas que no conoce personalmente, la adolescente responde que sí. Inclusive afirma conocer el caso ocurrido el lunes 3 de agosto, en el que Natalia Seña, de 15 años, y el barranquillero Fernán Vellojín, de 21, aparecieron envenenados en un hostal de Bogotá, abrazados y sin signos de violencia. Los jóvenes, según la Fiscalía y familiares, se comunicaban por Facebook y algunos mensajes revelados dan cuenta de lo “tormentosa” que era la relación que sostenían y que terminó enlutando a dos familias.

Intimidad no es absoluta. Carolina Botero, especialista en redes sociales y abogada de la Fundación Karisma, sostiene que “la Corte sí reconoce que los niños tienen derecho a su intimidad, pero como todos los derechos, no es absoluto”.

Agrega la jurista que hay ocasiones en que la intimidad del menor puede ceder a un control o a una revisión porque el padre tiene la patria potestad, lo debe proteger, “y esas medidas deben ser necesarias y proporcionales”.

El fallo de la Corte lo motivó el caso en el que fue condenado a 17 años de cárcel Edwin Alejandro Martínez Rojas, de 18 años, culpable del delito de acceso carnal en persona puesta en incapacidad de resistir, por el uso de drogas en la víctima, que es menor de edad.

En su momento, la defensa del condenado apeló y pidió al alto tribunal que anulara unas pruebas recogidas por la Fiscalía consistentes en unas conversaciones entre Martínez y la víctima, y que la madre encontró en el correo electrónico de la menor. Finalmente la magistrada ponente, Patricia Salazar, le dio la razón al ente acusador y consideró que en casos excepcionales en los que el titular de la cuenta es un niño, niña o adolescente, la familia, la sociedad y el Estado les deben ofrecer especial protección, y los padres no requieren de autorización alguna para acceder a los contenidos de los sitios web que frecuentan.

Correo y redes. Aunque la sentencia proviene de la jurisdicción penal, de todas maneras toca la Carta Magna en su Artículo 15, que se ocupa del derecho a la intimidad y hace una ponderación entre este y la posibilidad de que otros derechos del niño pudiesen ser vulnerados a través del espectro virtual.

En este sentido, el experto constitucionalista Juan Manuel Charry califica la decisión como “razonable, en principio, en el sentido en que los menores están bajo el cuidado de sus padres y ellos tienen la representación legal y toman su lugar para las relaciones jurídicas en el ámbito privado y público”.

No obstante, para el jurista hay una diferencia entre las redes sociales y el correo electrónico: “las redes sociales como Facebook o Twitter, y otras, en mi opinión no están en la órbita de la intimidad, porque están destinadas justamente a revelar información. Y los padres, se presume, son del círculo del menor y pueden estar en ese campo de información. Pero me parece que ofrece un poco más de dificultad el correo electrónico porque la correspondencia, sea física o electrónica, goza de reserva, y solamente puede ser conocida por orden judicial”.

Agrega Charry que, además, habría que diferenciar los casos dependiendo de la edad del menor porque esto implica que hacer distintas reflexiones. “No es lo mismo un menor de siete años que un menor de 17, y entonces creo que ahí hay elementos para sopesar. Yo haría la diferenciación entre redes sociales y el correo electrónico, salvo en circunstancias excepcionales en que los padres deberían tener acceso, por ejemplo, cuando una niña de siete u ocho años esté siendo acosada por temas sexuales, y ahí sí se justificaría la intromisión. Obviamente, el menor está bajo el cuidado de los padres y la ley presume que no tiene capacidad para discernir”.

Al respecto, Hernán Alejandro Olano, abogado constitucionalista y profesor de Derecho Público de la Universidad de la Sabana, asegura que la decisión no vulnera ningún derecho, toda vez que la guarda de los menores y la procura del bienestar de los mismos, de su protección, de acuerdo con el Código de Infancia y Adolescencia les corresponde a quienes son titulares de la patria potestad.

“El fallo es una alerta para que los padres sepan los peligros que corren sus hijos al tener libre acceso a las tecnologías (...) de hecho, el código los castiga en dado caso que se presente falta de cuidado de los menores, incluso hasta el derecho al amor que fue creado por la Corte. Por estas y otras faltas los padres pueden perder la patria potestad”, argumenta el experto.

No soluciona, sí ayuda. Varios padres de familia consultados, como Ana Sofía Mosquera y Nelson Díaz, no dudan en asegurar que el fallo de la Corte es solo un componente pero no la solución total al problema de la inseguridad al acceder a las nuevas tecnologías.

“A los niños hay que hablarles con la verdad, mostrarles la realidad, que vean las noticias por muy duras que sean; tienen que saber manejar las redes sociales, que no son malas. Lo perjudicial es el uso abusivo y excesivo”, comenta Ana Sofía, madre de dos gemelos de 11 años que todavía —según lo expresa— no tienen correo electrónico ni cuenta en redes sociales “por mutuo acuerdo”.

“No se trata de prohibir sino de hacer buen uso de la libertad. Hay que enseñarles las cosas a las que se van a enfrentar y la responsabilidad ante las decisiones que tomen”, añade.

Juan Camilo Díaz, profesor del Instituto de la Familia de la Universidad de la Sabana e investigador en cultura mediática y nuevas tecnologías, reafirma que la principal tarea está en prevenir que ese tipo de casos ocurran y para eso se necesita que los padres se formen en el uso de las nuevas tecnologías.

“Hoy muchos padres creen que regalarles a sus hijos cuanto dispositivo nuevo sale al mercado los hace mejores, y eso no es así. La mayoría de padres, cuando se les mencionan problemas como ciberbullying, ciberextorsión, ciberhomofobia, sexting o ese tipo de cosas, las desconocen por completo”, cuestiona.

Señala que desde lo privado y lo público es urgente que se realicen campañas educativas sobre estos temas. “No es regalar tabletas o aumentar la capacidad de conexión o velocidad, sino enseñarles a las familias el uso seguro de todo el ambiente virtual”.

La edad. La psicóloga infantil María del Carmen Vera, especializada en terapia racional emotiva conductual en el Instituto Albert Ellis de Nueva York, cree que los niños menores de 12 años no necesitan redes sociales y que los padres deben llegar a un acuerdo de uso de las mismas con sus hijos adolescentes.

Especifica la especialista que los espacios de socialización de los niños pequeños están en su colegio, con sus vecinos, y allí, y no a través de una pantalla, hay que enseñarles a comunicarse, a compartir con los amigos.

“Hoy en día cada vez encontramos a más personas con dificultades en comunicación precisamente por eso, porque todo es a través de la tecnología. Un niño pequeño no tiene esquemas rígidos como el adulto, entonces aprovechemos esa esponja que tienen los niños para las actividades comunicativas”, recomienda.

Acerca del pacto entre padres e hijos, explica que si se le va a reglar al menor un celular de última tecnología, un iPad o un computador, al mismo tiempo hay que decirle: “bueno, como estoy confiando en ti y te estoy dando un elemento importante, hagamos un contrato que debe contener el horario en que se puede usar, en que el muchacho se debe hacer responsable del uso de esa tecnología de manera    adecuada, sin agredir a nadie con palabras, con el conocimiento de la clave por parte de los padres y dándole uso en un lugar común de la casa, nunca encerrado en el cuarto”.

Los rectores. José Henao, rector del Instituto Alexander Von Humboldt, afirma que está de acuerdo con la decisión de la Corte, siempre y cuando haya un diálogo padre-hijo sustentado en la confianza.

Adis Miranda, rectora de la Escuela Normal Superior, advierte que hay que prestarle más atención al “bullying cibernético en las escuelas”.  Y agrega que “cuando se presentan estos casos hacemos una indagación, luego citamos a los padres y ellos firman un acta de compromiso”.

El padre jesuita Gabriel Jaime Pérez, rector del colegio San José, sostiene que “todos tenemos responsabilidad en el uso de redes sociales y tanto padres como profesores deben dar ejemplo a los menores. Desde pequeños, comenzando por la casa, hay que enseñarles a comunicarse con respeto”.

Alternativas para controlar agresores

La organización Red Papaz recomienda a los padres de familia algunas herramientas para proteger a los menores de los delincuentes cibernéticos. Algunas de estas son el ‘software’ Norton Family, que delimita los contenidos a los que se pueden acceder desde los computadores de la casa. Se puede usar gratuitamente durante 30 días. También está disponible y totalmente gratuito Protección Infantil Microsoft. Se encarga de vigilar cada contenido al que accede el menor. Por último, Red Papaz recomienda Protectio, que se descarga gratuitamente en www.policia.gov.co y en www.ccp.gov.co. La aplicación es compatible con computadores de escritorio y cada adulto la configura según las necesidades del hogar. La herramienta identifica 4.000 frases utilizadas por los delincuentes para inducir a los niños a la pornografía. También detecta palabras usadas en casos de matoneo o extorsión. Frente a estos riesgos, Protectio bloquea la página o conversación a la que accede el menor y envía un correo electrónico al padre de familia, en el que informa con fotografías (pantallazos) sobre el lugar virtual intervenido. La aplicación también dispone de un botón de pánico, para que el niño lo active cuando se sienta vulnerado.

Análisis - Por: Santiago Bonivento Cruz

Decisión de avanzada

¡No nos digamos mentiras!, la justicia no atraviesa por su mejor momento y se encuentra en un estado de desprestigio abismal ante la opinión pública. Sin embargo, un reciente fallo de la Corte Suprema me reavivó alguna esperanza de ver un cambio. La sentencia profiere una decisión con la que siempre he estado de acuerdo: el hecho de que los padres puedan orientar y controlar las comunicaciones de sus hijos menores de edad, siempre y cuando, el fin de la intromisión sea proteger.

¡Qué importante es esta decisión en el contexto actual en el que nos encontramos! Más allá de los argumentos jurídicos —que los hay—, me quiero centrar en razones que se basan en experiencias y en el comportamiento social de un menor de edad que, para mí, son el mejor sustento para defender el fallo.

En un mundo plagado de presiones sociales, sobre todo en edades prematuras en donde es difícil sentar posiciones firmes,el fallo da una luz para que los menores no se sientan solos al momento de tomar decisiones. Evidentemente, un menor de edad no entiende esto, pero si lo podrá agradecer cuando crezca y se dé cuenta que, gracias al acompañamiento permanente de los seres que lo procrearon, no cometió barbaridades, ni tomó decisiones erradas.

La esencia de la discusión del resultado del fallo no puede centrarse puramente en si viola o no la intimidad de un menor de edad. Esta debe estar orientada a ver qué otras herramientas se pueden imponer para garantizarle la estabilidad a los menores de edad, en un mundo donde no hay ojos a los cuales mirar y en donde el acudir a alguien puede ser una decisión que se tome tardíamente.

Con fallos como este, gana la familia, gana la sociedad. Pierde el delincuente, el abusador, el hacker. ¡No espere a que le pase a algún conocido suyo para entender su importancia! ¡Punto para la Corte Suprema: sensata y realista!

Estudiante de Derecho de la Pontificia Universidad Javeriana. Tiene 18 años.
santiagobonivento97@gmail.com // @boniventos

Análisis - Andrés Vargas Zuleta

Más educación y autonomía

El fallo de la Corte Suprema sacado el 29 de julio de 2015 permite a los padres ingresar a las cuentas sociales de sus hijos menores de edad con el objetivo de protegerlos. Esa decisión busca eliminar los constantes abusos por parte de terceros a los niños y adolescentes que los contactan por Internet. Es verdad que dar este permiso especial a los padres podría parar muchos de estos casos, pero ¿será necesario vulnerar el derecho a la intimidad de un menor para solucionar el problema?
Con la edad los jóvenes adquieren responsabilidades, entre ellas la del manejo social por Internet, y deben aprender a manejarlas correctamente, pero con autonomía. Eso va a ser imposible si están bajo un constante monitoreo de los preocupados padres que ingresan a sus cuentas con el pretexto de “proteger sus derechos fundamentales”. La verdadera solución al problema es educar a los niños en los riesgos de usar una red social o un correo. El joven debe entender no solo que hablar con extraños es malo, sino el porqué y las consecuencias de hacerlo. Si el menor aprende esto va a saber manejar sus relaciones cuando cree su primer correo o su cuenta de Facebook.

Es responsabilidad de los padres, porque a eso sí tienen derecho, decidir si sus hijos están preparados para tener una cuenta en una red social. Es lo mismo en otros temas de la vida, como montar a caballo: el padre no le puede soltar el animal a su hijo hasta que le haya dado la instrucción necesaria. Eso sí, cuando el padre decide que es hora de soltarle el caballo, debe confiar en que instruyó a su hijo correctamente y no andar detrás de él cada cinco minutos. Volviendo al caso de los correos y las redes, si los padres dejan que sus hijos creen una cuenta, deben confiar que ellos la pueden manejar.

Soy consciente de que educar a los jóvenes no evitará el 100% de los casos, pero si los reduciría al mínimo y, sobre todo, respetaría todos los derechos del niño. Además, no se trata solamente de crianza y autonomía en Internet, sino en la vida. Para que los jóvenes no cometamos errores fatales es necesario que nos enseñen cómo manejar las situaciones y posteriormente dejar que las manejemos. Todo a su debido tiempo.

*Estudiante del colegio Gimnasio La Montaña (Bogotá). Tiene 18 años.
andresvz97@hotmail.com //  @andresvz97

12 plataformas para compartir información

Facebook
Creada en 2004, es la red social más poderosa con 1.49 billones de usuarios activos mensuales en 2015. Es una página que permite compartir experiencias con amigos y personas de todo el mundo con fotos, videos y enlaces.

Youtube
Creada en 2005, suma ya más de 1 billón de usuarios. Esta red está diseñada para que el usuario suba y vea videos de música, deporte, cine, noticias, videojuegos y reproducciones en vivo. En promedio se suben 300 horas de video por minuto.

QQ Talk
Creada en 1995, solo hasta 2005 tuvo su mayor impulso. Tiene 818,5 millones de usuarios activos al mes. La app permite enviar fotos y videos, hacer videollamadas, buscar personas y grupos, y usar chat de voz y texto. Es muy popular en China.


WhatsAppCreada en 2009, cuenta con 800 millones de usuarios activos mensuales en 2015. Es una plataforma que usa internet para que el usuario pueda, con su celular, mandar mensajes, fotos y videos gratuitos e instantáneos a otra persona que tenga la aplicación. También se pueden hacer llamadas.

Tumblr.
Creado en 2007 contaba hasta 2014 con 420 millones de usuarios. Es una plataforma de ‘blogs’ que Yahoo adquirió por más de 1.100 millones de dólares en mayo de 2013. Los usuarios pueden ver y crear ‘blogs’ donde comparten ideas y multimedia.


InstagramCreada en 2010, esta red social contaba con 300 millones de usuarios activos mensuales hasta 2014. En esta aplicación, las personas pueden compartir fotos y videos de forma instantánea para que sus seguidores las vean, comenten y le den ‘like’.

Skype
Creada en 2003, cuenta con más de 300 millones de usuarios a finales de 2014. La plataforma permite hacer video llamadas vía internet de forma gratuita y también tiene una plataforma de chat comple-mentaria.


Google+Creada en 2011. En 2013 tenía 300 millones de usuarios, según Vic Gundotra —manager social de Google—. La red permite crear grupos entre los usuarios y compartir publicaciones como fotos o videos. Google Plus es la puerta de ingreso a todo el ecosistema de Google.

Twitter
Creada en 2006, cuenta con 288 millones de usuarios activos mensuales, según una medición hecha en el último trimestre de 2014. Esta red social fue diseñada para que los usuarios compartan ideas e información de forma inmediata y en 140 caracteres.


SnapchatCreada en 2011, tiene 200 millones de usuarios activos mensuales en 2015. La aplicación permite enviar ‘snaps’ (fotos o clips de video a otras personas). Las actualizaciones solo duran 24 horas y el promedio de edad de sus usuarios está entre los 18 y 25 años.

Ask.fm
Creado en 2011, tiene 180 millones de usuarios activos mensuales en 2014. La red social permite a los usuarios tener un muro donde pueden recibir y responder preguntas de personas. Los interrogantes pueden ser anónimos.

Tinder
Creado en 2012, tiene 50 millones de usuarios en 2015. Esta joven aplicación de citas le muestra recomen-daciones al usuario de personas que están en un radio cercano a su ubicación. El interesado puede indicar “me gusta” o “no me gusta”. Si dos personas se sienten atraídas podrán chatear privadamente.

Haga clic en la infografía para verla en mayor resolución.

Facebook
Twitter
Messenger
Whatsapp
Convierta a El Heraldo en su fuente de noticias
X
COMO REPORTAR A WASAPEA
1. Agrega a tu celular el número de Wasapea a EL HERALDO: +57 310 438 3838
2. Envía tus reportes, denuncias y opiniones a través de textos, fotografías y videos. Recuerda grabar y fotografiar los hechos horizontalmente.
3. EL HERALDO se encargará de hacer seguimiento a la información para luego publicarla en nuestros sitio web.
4. Recuerda que puedes enviarnos un video selfie relatándonos la situación.