El Consejo de Estado determinó que a las mujeres que terminen sus estudios de bachillerato en colegios militares deberá entregárseles la libreta, al considerar que no hay motivo para hacer la diferenciación con los hombres.
Esta determinación se tomó teniendo en cuenta que se trata de una constancia de estudios que en los varones constituye un documento de su situación militar y para las mujeres es la certificación de una formación académica en una institución adscrita al Ejército Nacional, informó RCN la Radio.
"En caso de confrontación o guerra las mujeres no están obligadas a participar a la vanguardia”, precisa la decisión, con ponencia de la magistrada María Elizabeth García González.
El Consejo de Estado declaró la nulidad de la expresión “varones” del Decreto 2048 de 1993, que establecía que sólo los hombres que cursaran todos los créditos en colegios militares, tenían derecho a obtener la tarjeta de reservista de primera clase.
Igualmente el alto tribunal determinó en la sentencia que los estudiantes de estos colegios deben seguir pagando la cuota de compensación militar, ya que la instrucción que reciben en dichas instituciones educativas no se relaciona con el servicio militar obligatorio que presta un soldado.
Aclaró el Consejo de Estado que es a los varones a quienes se les expide la tarjeta de reservista, los que deben pagar la cuota de compensación militar y no las mujeres, porque éstas no están obligadas a definir su situación militar, pues el servicio que llegaren a prestar es voluntario.