El Heraldo
Momento en que se cumplía el sepelio de los niños de Fundación, en mayo de 2014. Archivo EL HERALDO
Magdalena

Condenados chofer y líder religioso por la tragedia de bus en Fundación

Juez de Ciénaga impuso 10 años y 11 meses al conductor Jaime Ospino y 10 años y 8 meses a Salvador Ibarra. Además ordenó compulsar copias a padres de los niños por el caso.

Tras un largo proceso el Juez Primero Penal del Circuito de Ciénaga, condenó al conductor Jaime Gutiérrez Ospino a 10 años y 11 meses de prisión, mientras que al líder evangélico Manuel Salvador Ibarra Plaza le impuso una pena de 10 años y 8 meses, como los directos responsables de la tragedia ocurrida en Fundación en mayo del 2014, en la que 33 menores y un adulto murieron como consecuencia del incendio de un bus.

Con la ausencia de los condenados, la audiencia de lectura de sentencia se llevó a cabo ayer a las 8 de la mañana en el Palacio de Justicia de Ciénaga, como quedó programada el pasado 5 de octubre.


Jaime Ospino y Salvador Ibarra, condenados.

El juez Rafael Emilio Manjarrés Bustos, tras imponer las penas por el delito de homicidio culposo, les negó cualquier beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, ni la prisión domiciliaria como sustitutiva de la medida de aseguramiento intramural.

Igualmente el magistrado Manjarrés Bustos compulsó copias a los padres de familia de los menores fallecidos en el trágico accidente, para que la Fiscalía investigue la responsabilidad de estos en el hecho.

Larga espera

Fueron 2 años 5 meses y 3 días los que hubo que esperar para que se dieran las primeras condenas en este siniestro que conmovió al mundo. Hoy, no solo se produce una sentencia, sino que se abre una nueva página judicial al pedirse la apertura de investigación penal contra los padres de las víctimas.

Desde aquel 18 de mayo del 2014, cuando el bus se incineró en el barrio Altamira, con los niños abordo, de inmediato fueron detenidos como presuntos responsables, el conductor Jaime Gutiérrez Ospino y el líder espiritual de la Iglesia Pentecostal Unida de Colombia, Manuel Salvador Ibarra, a cuyo cuidado estaban los menores.

A partir de ese momento se inició una pugna jurídica por determinar el tipo de delito que se le imputarían. Para unos, incurrieron en homicidio simple con dolo eventual en concurso homogéneo y simultáneo, es decir, que a sabiendas de lo que podría ocurrir procedieron a movilizar a los niños en el bus.

Para otros, fue un homicidio culposo, o sea que no tuvieron la intención de causar daño alguno. Gutiérrez e Ibarra, fueron recluidos en la cárcel La Modelo de Barranquilla.

El delito

El 15 de diciembre del 2015 un fallo del Tribunal Superior de Santa Marta dio luces sobre la tipicidad del delito. La alta instancia judicial determinó que en el siniestro no se configuró el homicidio como dolo, sino el culposo.

Así las cosas, ambos tenían vía libre para llegar a un preacuerdo con la Fiscalía, algo que andaban buscando.

En ese entonces se dijo que podrían quedar en libertad condicionada o pagar pena mínima de 8 a 10 años. Justamente esto último fue lo que ocurrió ayer, el chofer y el líder espiritual, fueron condenados como responsables de homicidio, pero sin intención de cometerlo, de ahí que la condena no fue superior a 30 años, como se había solicitado por parte de los apoderados de las víctimas.

Compulsa de copias

Mauricio Ramírez y Diego Duque, abogados de Ibarra Plaza y Gutiérrez Ospino, aseveraron que “La decisión del Juez fue parcialmente aceptada, pues en cuanto a la pena y la aplicación de ciertas normas por parte del Juez al momento del veredicto, no están de acuerdo”, por lo que apelarán dentro de los siguientes cinco días hábiles ante Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta.

Por su parte Sebastián Gómez Sánchez, uno de los abogados representantes de las víctimas, afirmó que las familias se sienten satisfechas por qué se dio una pena ejemplar, pero lo más significativo, según él, fue que no les dieron ningún beneficio legal, como habían solicitado los padres de las víctimas.

Sin embargo, ante la orden de investigar la responsabilidad de los familiares de las víctimas, Gómez Sánchez comentó que “Sorprende que el Juez concurse copia a los familiares, cuando eran seis adultos quienes recogían a los niños a las 8 de la mañana casa por casa; los padres no los entregaban a personas extrañas”.

Al respecto Sandra Quintero, madre de uno de los menores que falleció en la conflagración del bus en Fundación, manifestó que “El fallo fue lo que esperábamos, pero que haya ordenado que fueran investigados es absurdo, como se le ocurre al Juez que vamos a dejar a nuestros hijos en manos de desconocidos, además no tenemos los conocimientos técnicos para saber si el bus estaba bien o no, porque por fuera se veía estable”.

Los apoderados de las víctimas revelaron que también apelarán dentro del plazo establecido de cinco días hábiles la investigación ordenada por el Juez.

El Dueño del bus

Mientras este caso se solucionaba en los estrados judiciales, un tercer personaje entraba en el proceso: Alfredo Cruz Esquea Chávez, el propietario del bus. Luego de transcurridos cuatro meses de la tragedia, fue capturado en Venezuela y entregado a Migración Colombia. Al siguiente día ya estaba recluido en la cárcel.

El 26 de noviembre del 2014, el proceso dio un extraño viraje, luego que el Juez Penal del Circuito de Fundación, Alfredo Saade, le otorgó libertad condicional. Los abogados apelaron y el 24 de abril del 2015, el Tribunal del Magdalena ordenó la recaptura. Hoy es un prófugo de la justicia.

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