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Barranquilla

Rechazan tutela contra medida que suspendió elección de rector de Uniatlántico

El Consejo de Estado declaró improcedente el recurso interpuesto por Leyton Barrios, que pretendía que se declarara ilegal una decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico.

El Consejo de Estado declaró improcedente una acción de tutela interpuesta por Leyton Barrios, con la que pretendía que se revocara la medida cautelar decretada por el Tribunal Administrativo del Atlántico, en el sentido de suspender la elección del rector en propiedad de la Universidad del Atlántico.

En su decisión, el tribunal contencioso administrativo considera que en el expediente no existe prueba que acredite que Leyton Daniel Barrios solicitó su intervención como tercero interesado dentro del proceso de simple nulidad para que de esta manera pudiera controvertir las decisiones adoptadas en él.

Según el tribunal, Barrios no puede alegar la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y postulación, porque no hace parte del proceso de demanda.

En ese sentido, el Consejo de Estado no cree que con la decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico se esté causando ningún perjuicio irremediable en la imagen y reputación de la universidad.

Por las circunstancias antes señaladas, el Consejo de Estado concluye que ante la falta de demostración de un perjuicio irremediable, el juez de tutela no puede ordenar el levantamiento de la suspensión provisional decretada por el Tribunal Administrativo del Atlántico, toda vez que la parte accionante, para el efecto, disponía de la posibilidad de hacerse parte en el proceso.

Antecedentes. Como se ha venido informando desde el inicio del proceso, Juan Bautista Barrios Villareal y Loly Luz de la Asunción solicitaron la suspensión provisional de las Resoluciones Electorales 000001 y 000002 del 27 y 28 de abril de 2015, respectivamente expedidas por la Universidad del Atlántico, por medio de las cuales el Comité Electoral de la Universidad adoptó el cronograma de consultas internas e independientes para escoger el candidato a rector de los profesores y estudiantes.  Ese proceso fue suspendido por orden del Tribunal Administrativo.

Posteriormente, Leyton Barrios solicitó que se decretara la ilegalidad del auto del 7 de julio de 2015 proferido por el Tribual Administrativo del Atlántico, a través del cual suspendió provisionalmente las resoluciones electorales 000001 y 000002 del 27 y 28 de abril de 2015. En consecuencia, se ordenara el levantamiento de la medida cautelar.

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