El Heraldo
En 1999, José Vargas expidió la declaratoria de existencia de servicios públicos en la urbanización Mundo Feliz, esa decisión derivó en un proceso que ordenó su suspensión. Luis Rodríguez
Barranquilla

Lista terna para reemplazo del suspendido alcalde de Galapa

El gobernador José Antonio Segebre fue notificado ayer por el partido Cambio Radical. El designado durará 16 meses como alcalde.

En documento radicado en la Gobernación del Atlántico, el partido Cambio Radical consignó los nombres de los tres ciudadanos ternados para reemplazar, por el término de su período, al suspendido alcalde de Galapa, José Vargas Palacio.
Carmiña María Navarro De la Hoz, Manuel Vidal Vergara Corro y Alexander Prieto Ortiz son los tres nombres que señala el documento firmado por el representante legal de esa colectividad, Antonio Álvarez Lleras. La escogencia del nuevo alcalde, según el gobernador José Antonio Segebre, se hará lo más pronto posible.

¿Quiénes son?

La primera ternada, Carmiña Navarro, es hija de un antiguo aspirante a la Alcaldía de esa población, el académico Miguel Navarro, y se desempeña como secretaria de Hacienda.

Manuel Vergara Corro, quien está vinculado al sector privado, fue jefe de campaña de Vargas a la Alcaldía.  Alexander Prieto Ortiz hizo parte, como secretario de Gobierno, de la primera administración de José Vargas. La esposa de Prieto fue la secretaria privada del mandatario suspendido durante su anterior periodo de gobierno.

Antecedentes

El proceso contra José Vargas  comenzó el 19 octubre de 2011, cuando el Juzgado Sexto Penal del Circuito condenó al mandatario a 48 meses de prisión y al pago de 50 salarios mínimos. Se le señaló de los delitos de falsedad ideológica en documento público y prevaricato por acción, por avalar la existencia de servicios públicos en la urbanización Mundo Feliz durante su primer mandato en 1999.

Pese a lo anterior, el gobernador José Antonio Segebre no había separado de su cargo a Vargas Palacio, que seguía en libertad, por lo que tres concejales impusieron una acción popular para separarlo de sus funciones.

En mayo pasado, el Juzgado 11 Administrativo de Barranquilla ordenó en primera instancia su destitución, la cual fue apelada por la defensa de Vargas en junio y luego ratificada en su contra.

La Gobernación recibe, a principios de agosto, la respuesta del Juzgado Sexto Penal del Circuito de Barranquilla en el que se declara la sentencia contra Vargas como “ejecutoriada y en firme”.

Pocos días después, se emite el decreto que nombra como alcaldesa encargada a la subsecretaria de Salud departamental, Celia Cruz Torres.

Durante ese tiempo entidades como la Fundación Comité de Veedurías del Atlántico y la ONG Cívicos en Acción criticaron las actuaciones del gobernador y del propio alcalde Vargas, por faltar y violar sus deberes constitucionales. Estas organizaciones alegaron en su momento que José Vargas debía haber sido privado de la libertad desde hace meses y no estar ejerciendo las funciones de burgomaestre.

Sobre elecciones

El inciso 3 del artículo 314 de la Constitución señala que: siempre que se presente falta absoluta a más de 18 meses de la terminación del periodo, se elegirá alcalde para el tiempo que reste.

En caso de que falten menos de 18 meses el gobernador designará un alcalde para lo que reste del periodo, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue inscrito el alcalde elegido.

Para la finalización del mandato de Vargas Palacio quedan 16 meses, por lo que no se realizarían elecciones.

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