El Heraldo
Barranquilla

$10 mil, el alquiler de sillas en desfiles de pre y Carnaval

La secretaría de Control Urbano y Espacio Público, a través de la Resolución 007 de enero de 2013, reglamentó la ocupación temporal de las zonas de espacio público durante la tradicional temporada de pre-Carnaval y Carnaval. También fijó  en 10 mil pesos las tarifas para el alquiler de sillas en los diferentes eventos.

Diana Amaya Gil, secretaria de Control Urbano, explicó que el cupo máximo permitido por solicitante es de 20 sillas y tiene prelación para la ubicación de las mismas el propietario del inmueble o la persona que esté ejerciendo la tenencia o cualquier otro derecho a nombre de este.

La reglamentación autoriza la ubicación de sillas en el espacio público entre la línea de propiedad y la línea de bordillo de los inmuebles y parte de la calzada aledaña al recorrido de los diferentes eventos, dejando un metro y medio en la parte posterior para la circulación de los peatones. Las bocacalles deben permanecer completamente desocupadas para evacuación y ubicación de equipos de emergencia.

Los interesados en obtener permiso para la ocupación temporal del espacio público deberán cumplir con los siguientes requisitos: carta de solicitud, fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante y dirección de domicilio, recibo oficial del pago, póliza de responsabilidad civil extracontractual, ubicación y número de sillas, y copia del certificado de tradición o recibo de servicios públicos.

Amaya reiteró que sobre la Vía 40 no hay ninguna autorización para la ubicación de silletería. “De acuerdo a los compromisos adquiridos hace unos años, se acordó darle participación a este gremio de silleros en los desfiles de la Vía 40 autorizándoles la ubicación de un (1) palco sobre esta avenida”, dijo Amaya.

La resolución también estipula las tarifas a cobrar  en cada uno de los desfiles.

“Queremos hacer respetar, como es nuestro deber, las zonas de uso colectivo y regular su ocupación excepcional con sillas durante los desfiles y eventos de pre-Carnaval y Carnaval diferentes a los que se realizan en la Vía 40, para esto ya expedimos una reglamentación y el pago de una tasa de ocupación”, expresó Amaya Gil.

Feria del sombrero. De igual forma, la secretaría de Control Urbano y Espacio Público emitió la Resolución No. 006 “Por medio de la cual se expide el reglamento de la Feria del Sombrero”, actividad comercial que hace parte de las festividades carnestoléndicas.

La feria se realizará nuevamente en el parque Luis Carlos Galán Sarmiento, en la esquina de la calle 72 con carrera 44, durante la temporada comprendida entre el 12 de enero y el 20 de febrero de 2013 y contará con un número de 209 puestos o locales comerciales.

La medida máxima permitida en los puestos para la comercialización de los productos propios de la feria es de 4 metros cuadrados cada uno y una altura máxima de 2.50 metros.

Este permiso también debe ser solicitado en esta secretaría y deberá cumplir con los siguientes requisitos: formulario o solicitud de permiso, fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante y dirección de residencia, comprobante de consignación, póliza de responsabilidad civil extracontractual y carta de instrucciones. Todo lo anterior debe ser radicado en las ventanillas del primer piso de la Alcaldia Distrital.

La funcionaria hizo un llamado a los comerciantes temporales invitándolos a acatar las normas y a autorregularse, y a la ciudadanía en general a no promover las ocupaciones ilegales y a dar muestra de organización a todos los foráneos que nos visitan por estas festividades. ADLH.

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