Su presunta participación en al menos 20 crímenes fueron razones más que suficientes para que la Juez Penal Municipal Ambulante Bacrim recluyera anoche en la Penitenciaría de El Bosque a los nueve presuntos miembros de Los Rastrojos capturados el jueves y ayer.
Lo anterior fue parte de los elementos probatorios revelados por la Fiscalía, durante la audiencia realizada en la sala 12 del Centro de Servicios Judiciales. Comenzó a las 9:50 de la mañana y terminó en la noche, alrededor de las 7:30.
Entre las evidencias se incluyó el prontuario de varios, lo cual evidencia su inclinación al delito y su peligrosidad para la sociedad. De ahí, explicó la juez, la necesidad de imponerles medida de aseguramiento.
Los arrestados encarcelados son Franklin González Luna, alias Mateo; Yan Rodríguez Julio, El Saya; Leonardo Rincón Yepes o Hippie; Milton Orozco Pineda, Hanner Ospino López, Jorge Echeverría Molina, Libardo Echeverría Molina y Edulfo Celpa Rodríguez.
La mayoría cayeron en diligencias de allanamiento realizadas el jueves, entre 5:30 y 6:30 a.m., en Barranquilla y los municipios Malambo, Soledad y Juan de Acosta. Con ellos fue presentado Michael Charris Julio, llamado El Dragón. (Ver nota relacionada)
No se allanaron
Con base en la investigación que adelantó el Grupo Anti-Bandas Criminales (Bacrim) de la Sijín, la Fiscalía les imputó a todos cargos por concierto para delinquir con fines de homicidio, narcotráfico y extorsión.
Delitos que contemplan penas entre 8 y 27 años de prisión, dependiendo la importancia de la persona en la organización.
Los imputados, que no se allanaron a los delitos mencionados, fueron reconocidos y señalados por testigos como cabecillas —en el caso de Mateo, El Saya y Hippie— y sicarios a sueldo de Los Rastrojos.
Igualmente, interceptaciones telefónicas legales contienen las que serían las voces de algunos, a quienes se les escucha planeando y organizando atentados criminales, tráfico y venta de estupefacientes, entre otras conductas ilegales.
Recusación a juez no prosperó
La audiencia fue suspendida por la Juez, entre la 1:51 hasta las 3:33 de la tarde. El motivo: los abogados de los detenidos la recusaron y le solicitaron que se declarara impedida para presidirla, por ser quien profirió este miércoles las órdenes de captura contra sus clientes.
“El funcionario debe estar ajeno a la situación, para que haya imparcialidad y garantías”, alegaron los defensores, citando el inciso 6 del artículo 56 del Código Penal, que dispone las causales de impedimento.
Empero, la togada no accedió a tal petición porque en este caso la Norma se refiere a los Jueces Penales del Circuito con funciones de Conocimiento y no a los Penales Municipales de Control de Garantías, como ella. La Fiscalía y el Ministerio Público apoyaron su decisión.
Por Germán Corcho Tróchez