El Heraldo

Estatu… ¿qué?

El martes de la semana anterior, cuando salía de una farmacia, me abordó quien me vende el periódico, y haciendo referencia a una entrevista radial que yo había concedido en la mañana de ese día, me preguntó por “la ley estatu… algo de la salud” que había firmado el presidente Santos el día anterior y “que iba a acabar con el paseo de la muerte”.

A lo que mi amigo vendedor de periódicos quería referirse era a la Ley Estatutaria de Salud, sancionada por el presidente Santos el lunes de la semana pasada –la Ley 1751 de 2015– y que regula el derecho fundamental de la salud.

Esta nueva ley, que aumenta la ya extensa avalancha de medidas normativas del sector salud, fue anunciada por el ejecutivo como la solución para muchos de los problemas de la salud en Colombia. Problemas que hasta este momento vienen pasando día a día y varias veces al día en todo el país; problemas que siguen padeciendo los colombianos, además de las enfermedades físicas y que son de diferente tipo: inoportunidad en la atención, negación o dilación para la expedición de una autorización para reclamar un medicamento, un examen de laboratorio, una cirugía, la valoración por un especialista, etc.

Por eso a los colombianos poco les importa que esta Ley estatutaria sea una norma de rango superior a las otras leyes que usualmente se tramitan en el Congreso, que sea una ley que prolonga la Constitución, que en sí misma no sea una reforma sino que aporta un marco normativo y las reglas de juego para cambiar muchas cosas del sistema de salud, como tampoco que esta ley haya elevado la salud al nivel de derecho fundamental autónomo y haya establecido pautas para regularlo.

Desafortunadamente la forma como fue presentada esta nueva ley como la “salvadora” de los pacientes en Colombia, ha favorecido la aparición de algunas inexactitudes. Por ejemplo, se dijo que el POS de hoy dejó de existir, pero la ley lo que dice es que el actual POS seguirá vigente hasta el 2017 con sus actuales exclusiones y le da al Ministerio de Salud un plazo de dos años para implementar la ampliación de servicios, procedimientos y tratamientos, por lo que seguirán las exclusiones actuales. En otras palabras, en los siguientes dos años, la tutela continuará jugando un papel clave para que los colombianos sigan recibiendo los servicios de salud.

Así mismo, genera preocupación lo dicho por Jaime Arias, presidente de Acemi, entidad que agrupa a las EPS, quien afirmó que para poder cumplir lo que exigió el Gobierno hace poco como condiciones para seguir en el mercado, sus representadas tendrán que capitalizarse en $5 billones en los próximos 7 años, lo que según él, les pone más presión sobre las EPS y más cuando, en el mediano plazo, se espera una mayor demanda de servicios por la mencionada ley estatutaria.

En últimas, con este estado incierto de cosas, al colombiano de a pie no le importa qué tipo de norma nueva se expida, lo que le importa es que desde ahora siempre se le respete su derecho a la salud, que pueda recibir promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos, todo esto bajo la responsabilidad del Estado… no importa si es a través de una ley estatu... ¿qué?

ubeltran@hotmail.com

@ulahybelpez

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