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Colombia

Corte admite otra demanda contra salvamento de Electricaribe

EL HERALDO conoció el recurso de la Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica, Acolgen. El alto tribunal rechazó otro recurso presentado contra el Plan de Desarrollo.  

Luego de la truncada demanda de la Defensoría del Pueblo contra el capítulo de salvamento de Electricaribe en el Plan Nacional de Desarrollo, PND, la Corte Constitucional admitió otro recurso en contra de la iniciativa gubernamental.

Se trata de una demanda de inconstitucionalidad presentada por Ricardo Restrepo, representante de la Asociación Colombiana de Generadores de Energía Eléctrica, Acolgen, contra los artículos 18 y 314 del PND.

EL HERALDO conoció el auto del 27 de septiembre de 2019, de 12 páginas y con ponencia del magistrado Alejandro Linares.

El demandante dice que el salvamento viola el artículo 338 porque, dice, las contribuciones especiales no pueden destinarse a la inversión y también porque vulnera los artículos 150 y 338 por, afirma, la indeterminación de los sujetos pasivos de la contribución.

La Corte insta al procurador Fernando Carrillo a que emita concepto en 30 días, invita al Gobierno y al Congreso por si se quieren pronunciar y hace lo propio con entes como la Dian, la Superservicios, la Creg y varias universidades del país.

El salvamento de Electricaribe, como ha sido denominado por el Ejecutivo, trae, entre otras cosas, una sobretasa de $4 por kilovatio hora para los estratos 4, 5 y 6 de todo el país, que será usada para la solución a la problemática del servicio de energía eléctrica en el Caribe. El Plan indica que la sobretasa también se aplicará a los usuarios industriales y comerciales. Por ello los grandes consumidores de energía, afiliados en la Andi y Asoenergía, critican la medida.

EL HERALDO conoció también otro auto de 22 páginas, fechado el 9 de julio de 2019, en que el magistrado Carlos Bernal rechaza la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por Andrés de Zubiría Samper contra 23 artículos del PND, por razones como la vulneración del principio de unidad de materia, vulneración del carácter temporal de la función pública ejercida por particulares y vulneración del deber estatal de asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos.

El pasado 11 de octubre se conoció que el alto tribunal, con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, inadmitió la demanda presentada por el defensor del pueblo, Carlos Negret, contra el mismo capítulo de Electricaribe. La Corte rechazó además el desistimiento del propio Negret a la demanda pocos días después de haberla presentado.

En la decisión se lee que “todo esto lo realiza sin que de ello se siga una secuencia argumentativa lógica que permita de manera clara y específica determinar en qué consiste en cada caso la acusación y, consecuentemente, estructurar uno o varios cargos de inconstitucionalidad”.

El desistimiento del defensor se dio después de fuerte críticas de la opinión pública de la Costa y de la Bancada Caribe, que había citado a Negret a un debate de control político.

Las decisiones frente a las nuevas demandas las dio a conocer a través de su cuenta de Twitter el representante barranquillero César Lorduy, de Cambio Radical, al escribir: “¡A buena hora! La @CConstitucional le comunicó el 13 de agosto de 2019 a Andres de Zubiria Samper que su demanda (Rad: D 13268) entre otros, contra el art 313 y 314 del #PlanNalDeDesarrollo (Salvamento servicio de energía para el Caribe), se rechazaba definitivamente”.

Agregando a renglón seguido: “¡A mala hora! La misma @CConstitucional admitió demanda (Rad: D13482) de @Acolgen contra los art 18 y 314 del #PlanNalDeDesarrollo (Sobretasa de energía).  Tal decisión se comunicó el 1 de octubre. @navendanog @mafsul @PCambioRadical @MinEnergiaCo @Superservicios”.

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